Las zonas despobladas, necesitan una gobernanza alternativa. No pueden seguir los mandatos y forma de actuar de las grandes urbes. Los pocos pobladores que quedan, deben poder tomar las riendas de su futuro y tener el margen de actuación estatal o administrativa, que les permitan poner en marcha proyectos para reactivar su zona. Nadie mejor que los pobladores actuales, que sufren la falta de servicios públicos, el deterioro del medioambiente, la pérdida de las tradiciones y su cultura, el éxodo de los más jóvenes, el envejecimiento,… nadie mejor que ellos, podrá tomar medidas para revertir el éxodo y conseguir que esa España vacía, no muera y desaparezca en el margen de una década.
Incluyo los objetivos del artículo 2 de la ley:
- Fomentar una actividad económica continuada y diversificada en el medio rural, manteniendo un sector agrícola, ganadero, forestal y derivado de la pesca e impulsando la creación y el mantenimiento del empleo y renta en otros sectores, preferentemente en las zonas rurales consideradas prioritarias.
- Dotar al medio rural, y en particular a sus núcleos de población, de las infraestructuras y los equipamientos públicos básicos necesarios, en especial en materia de transportes, energía, agua y telecomunicaciones.
- Potenciar la prestación de unos servicios públicos básicos de calidad, adecuados a las características específicas del medio rural, en particular en los ámbitos de la educación, la sanidad y la seguridad ciudadana.
- Tomar en consideración las necesidades particulares de los ciudadanos del medio rural en la definición y aplicación de las políticas y medidas de protección social, adecuando los programas de atención social con el fin de garantizar su efectividad en dicho medio.
- Lograr un alto nivel de calidad ambiental en el medio rural, previniendo el deterioro del patrimonio natural, del paisaje y de la biodiversidad, o facilitando su recuperación, mediante la ordenación integrada del uso del territorio para diferentes actividades, la mejora de la planificación y de la gestión de los recursos naturales y la reducción de la contaminación en las zonas rurales.
- Facilitar el acceso a la vivienda en el medio rural, y favorecer una ordenación territorial y un urbanismo adaptados a sus condiciones específicas, que garantice las condiciones básicas de accesibilidad, que atiendan a la conservación y rehabilitación del patrimonio construido, persigan un desarrollo sostenible y respeten el medio ambiente.
- Fomentar la participación pública en la elaboración, implementación y seguimiento de los programas de desarrollo rural sostenible a través de políticas de concienciación, capacitación, participación y acceso a la información.
- Garantizar el derecho a que los servicios en el medio rural sean accesibles a las personas con discapacidad y las personas mayores.
2.2 Inversiones en infraestructuras, accesibilidad y nuevas tecnologías
- Rehabilitación de viviendas de titularidad municipal destinadas a nuevos pobladores y jóvenes residentes en municipios menores de 1.000 habitantes.
- Adquisición y urbanización de suelo (ayuntamientos) destinado a la construcción privada de viviendas para nuevos pobladores.
- Mejora de la Red Viaria Local. Aproximación de las poblaciones despobladas a las vías rápidas de comunicación con una adecuada red de carreteras secundarias o mediante el establecimiento de servicios de trasporte público mancomunado que asegure el acercamiento de la población rural a los servicios básicos.
- Garantizar una oferta de servicios de transporte público adaptada a la intensidad y las características de la demanda de transporte en el medio rural, prestando una atención especial a los colectivos sociales que por edad, condiciones físicas o situación socioeconómica no puedan acceder al uso del vehículo privado.
- Nuevas Tecnologías (despliegue de la banda ancha en el medio rural).
D. APLICACIÓN Y DETERMINACIÓN DEL ÍNDICE CORRECTOR
Ya que el principal cometido del Fondo Compensatorio contra la despoblación es la puesta en marcha de actuaciones que permitan recuperar habitantes en el medio rural, se postula que la población perdida en el periodo comprendido entre 1950 y 2005 sea la variable a tener en cuenta. Este periodo de tiempo es lo suficientemente amplio como para ser representativo de la tendencia demográfica en España y además, comprende diferentes etapas, tanto de pérdida masiva como de recuperación incipiente. A partir de esta consideración, el cálculo del importe de este Fondo, que le corresponde a cada territorio, se elaboraría multiplicando el porcentaje de población perdida en el periodo 1950-2010 por 400.000 euros (cifra orientativa para poder gestionar los proyectos planteados en este documento).
Extrapolando esta fórmula a la pérdida global de población en 17 provincias españolas, con pérdida de población demostrada en el período 1950-2010, la cifra se eleva a 151.156.000 (400.000×377,89 porcentaje de población perdida entre 1950 y 2010 por 17 provincias españolas. Ver cuadro de evolución población).
En el caso de provincias cuyo descenso demográfico se centra en determinadas áreas despobladas del entorno rural (14 provincias), la fórmula que debería aplicarse sería: porcentaje de pérdida de población x porcentaje de territorio x 300.000 euros. La cantidad estimativa, en este caso, se elevaría a 50.400.000 euros, aproximadamente. La suma del presupuesto de las medidas 1 y 2 asciende a 247.811.000.
Este presupuesto anual, desde el Estado, deberá gestionarse con la Unión Europea para financiarlo al menos al 50 %.
Es imprescindible que se planteen cofinanciación con la Unión Europea desde el Estado miembro. En nuestro caso, los territorios afectados suponen más del 70 % del territorio nacional en una superficie continua.
«Configurar una gobernanza territorial con la finalidad de construir un modelo de financiación que sea útil y conveniente para las zonas despobladas. Esta gobernanza territorial debe configurarse con la participación de los sectores y actores aceptados por el fenómeno de la despoblación.»
Un comentario en “Despoblación ¿cómo frenarla?”